Dejar el certificado energético para cuando aparezca un comprador puede obligarte a corregir el anuncio o resolver un trámite con prisa. Si vas a vender, conviene comprobar su situación antes de empezar la comercialización.
La revisión depende de si ya tienes un certificado, de su vigencia y de si tu inmueble está dentro de los supuestos obligados por la normativa.
Busca el certificado completo
Si dispones de documentación antigua, localiza el certificado, su registro y la etiqueta correspondiente. Comprueba que se refieren a la vivienda que vas a vender y que puedes acceder a los archivos completos.
Una letra anotada en un anuncio anterior no permite verificar por sí sola el estado del certificado. Reúne la documentación y pide que se revise antes de reutilizar esa información.
Comprueba la vigencia y los cambios realizados
El Real Decreto 390/2021 establece una validez máxima de diez años, reducida a cinco cuando la calificación energética es G. Además de la fecha, conviene comprobar las condiciones de renovación o actualización aplicables.
Si has cambiado ventanas, climatización u otros elementos relevantes, explica las actuaciones al técnico competente para que valore la situación del documento. Conserva los justificantes disponibles; una reforma no permite asignar por cuenta propia una nueva calificación.
Prepara la información antes del anuncio
La normativa exige incluir la etiqueta energética en la oferta y publicidad de los inmuebles sujetos a la obligación. También establece que, en la venta de un edificio existente o parte de él, se anexe al contrato una copia del certificado debidamente registrado y su etiqueta.
Si todavía no tienes certificado, organiza su obtención y registro con margen. Pide que te detallen qué incluye el servicio y qué documentación recibirás. No publiques una calificación supuesta ni des por terminado el trámite solo por haber encargado la visita.
No presupongas una exención
Existen exclusiones reguladas, pero deben comprobarse para el inmueble concreto. Si alguien te dice que la vivienda está exenta, solicita la explicación y la documentación que la respalde antes de utilizar esa afirmación.
Para empezar, revisa hoy tres cosas: qué documento tienes, a qué vivienda corresponde y hasta cuándo es válido. En Grupo Marítima podemos ayudarte a identificar lo que falta y coordinar la preparación de la venta con la información energética comprobada.
Fuentes consultadas
BOE: Real Decreto 390/2021, artículos 3, 6, 13, 15 y 17; texto consolidado consultado el 22 de octubre de 2026: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-9176
