Estar al corriente de la cuota mensual no responde a todas las preguntas que pueden surgir sobre la comunidad al vender. Puede haber una obra aprobada con pagos futuros o una actuación que todavía se esté estudiando.

Para explicar la situación con precisión, reúne los acuerdos y distingue los importes pendientes de las propuestas que aún no se han aprobado.

Pide información concreta a la administración

Solicita el estado de tus pagos y los acuerdos relevantes para la vivienda. Si hay obras, pregunta qué se ha aprobado, el importe que corresponde a tu propiedad, lo ya abonado y las fechas en que se exigirán las cantidades restantes.

Una conversación informal sobre una futura reforma no equivale a una derrama aprobada. Conserva la documentación que permita identificar en qué punto está cada actuación.

No atribuyas todas las derramas al mismo propietario

La Ley de Propiedad Horizontal establece, para las derramas destinadas al pago de mejoras, que corresponden a quien sea propietario cuando las cantidades resulten exigibles. La fecha de aprobación, por sí sola, no resuelve todos los casos.

Hay que estudiar la naturaleza de la actuación, el acuerdo y los vencimientos. Evita aplicar una regla general a cualquier reparación u obra sin revisar su situación.

Prepara el certificado de deudas

En la transmisión, el vendedor debe declarar si está al corriente o qué cantidades adeuda y aportar la certificación correspondiente, salvo exoneración expresa del comprador. Así lo recoge el artículo 9.1.e de la ley.

Solicita el documento con antelación y coordina su fecha con la firma. Para entender el conjunto, revisa también las actas y los pagos futuros: un certificado sobre las deudas existentes no sustituye la lectura de los acuerdos.

Deja claro cualquier pacto en la compraventa

Si comprador y vendedor negocian cómo repartir determinados importes, pide que el acuerdo se redacte de forma precisa. Debe identificar la actuación, las cantidades y los vencimientos afectados.

Conviene revisar jurídicamente sus efectos: un pacto entre las partes no debe confundirse con las obligaciones que la comunidad pueda exigir conforme a la ley. Si hay una cifra pendiente de confirmar, señálala antes de aceptar una oferta.

En Grupo Marítima podemos ayudarte a reunir la información de la comunidad y coordinar su revisión antes de cerrar las condiciones de la venta, para que ambas partes sepan qué pagos están identificados y cuáles necesitan aclaración.

Fuentes consultadas

BOE: Ley de Propiedad Horizontal, artículos 9.1.e y 17.11; texto consolidado consultado el 22 de octubre de 2026: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1960-10906